Dicho esto vamos al lío, seguro que esto no afecta a mucha gente pero bueno, puede servir para alguien, si somos familia numerosa y vamos a viajar ya sea en transporte interurbano por carretera o ferrocarril o barco, y cogemos alguna tarifa que tenga un descuento (por ejemplo ida y vuelta en le mismo día), sobre ese descuento anterior tenemos derecho a que se aplique el que corresponda a nuestra categoría de familia numerosa.
Esto es así desde el 04 de agosto de 2008 que salió publicado en el BOE la sentencia del Tribunal Supremo que modifica el R.D. 1621/2005 sobre el Reglamento de protección a familias numerosas.
En caso de haber viajado con anterioridad a esa fecha, aquí tienes un formato de reclamación, a ver si tienes suerte. Yo creo que esto se aplicaría desde el 18 de enero de 2006 que fue cuando se publico en el BOE el Reglamento.
Parece ser que las empresas no se dan por enteradas según este artículo de principios de septiembre.
Un saludo.
Fdo. Conejo Blanco. O
Si a alguien molesta esta opinión pido disculpas por no poder poner mi mente en blanco.
El ignorante afirma, el sabio duda y reflexiona.
Aristóteles. 384 AC-322 AC. Filósofo griego.
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